PRODUCCIONES

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE URABÁ.

NÚCLEO: CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN EN  TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA.

CONSTRUCCIÓN DE DESEMPEÑOS POR CONJUNTO DE GRADOS.
 
FECHA: 18 DE SEPTIEMBRE 2015.

MAESTRO EN FORMACIÓN: MATEO JULIO GIL.

PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA TERCER SEMESTRE.

CONJUNTO DE GRADOS: PRIMERO A TERCERO




NATURALEZA Y EVOLUCIÓN DE LA TECNOLOGÍA


APROPIACIÓN Y USO DE LA TECNOLOGÍA


SOLUCIÓN DE PROBLEMAS CON TECNOLOGÍA

TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD
Reconozco y describo la importancia de algunos artefactos en el desarrollo de actividades cotidianas en mi entorno y en el de mis antepasados.
Reconozco productos tecnológicos de mi entorno cotidiano y los utilizo en forma segura y apropiada.
Reconozco y menciono productos que contribuyen a la solución de problemas de la vida cotidiana.
Exploro mi entorno cotidiano y diferencio elementos naturales de artefactos elaborados con la intención de mejorar las condiciones de vida.

DESEMPEÑOS

DESEMPEÑOS

DESEMPEÑOS

DESEMPEÑOS
Identifica y describe algunos artefactos que se encuentran en el aula de clases.
Reconoce  productos tecnológicos que se encuentra dentro del hogar.
Menciona diferentes productos que encuentran dentro del baño de mi hogar.
Comparo y diferencio el aire natural del aire generado por el ventilador convencional.
Reconoce la importancia de los  artefactos electrónicos y los utiliza para comunicarse con otros
Conoce el celular como un producto tecnológico y lo utiliza para comunicarse con otros.
Identifica el shampoo como un producto que contribuye a la solución de problemas relacionados con el aspecto del cabello humano.
Distingo claramente la importancia del ventilador como elemento fundamental para disminuir el calor y a la vez contribuye a la generación de contaminación ambien                                                                                                                                

COMPONENTE: 
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN EN TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA.
       NÚCLEO: CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MAESTRO EN FORMACIÓN: MATEO JULIO GIL.
FECHA: VIERNES, 30 DE OCTUBRE DEL 2015.

FUNDAMENTACIÓN LEGAL DEL ÁREA DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL
LEY 115 DE 1994
Artículo 5, numeral 9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.                                                                                              
 Artículo 5, numeral 13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.         
 Artículo 20, literal c. Ampliar y profundizar en el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y de la vida cotidiana.                                                                                                             
  Artículo 21, literal g. La valoración de la higiene y salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el ambiente.                             
  Artículo 22, literal g. La iniciación en los campos más avanzados de la tecnología moderna y el entrenamiento en disciplinas,
procesos y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil.                 
Artículo 22, literal n.  La utilización con sentido crítico de los distintos contenidos y formas de información y la búsqueda de nuevos conocimientos con su propio esfuerzo.                                     Artículo 23.   Áreas obligatorias y fundamentales. Para el logro de los objetivos de la educación básica se  establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán
que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional.
Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes:
1. Ciencias naturales y educación ambiental.
2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia.
3. Educación artística.
4. Educación ética y en valores humanos.
5. Educación física, recreación y deportes.
6. Educación religiosa.
7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.
8. Matemáticas.
9. Tecnología e informática.
LEY 1341 DE 2009
Artículo 6, Definición de TIC las tecnologías de la información y las comunicaciones.        
Son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como voz, datos, textos, vídeos e imágenes.                                                                     
Artículo 39, Articulación del plan de TIC.   El Ministerio de la información y las comunicaciones coordinará la articulación del plan de TIC, con el plan de Educación y los demás planes sectoriales, para facilitar la concatenación de las acciones, eficiencia en la utilización de los recursos y avanzar hacia los mismos objetivos.  Apoyará al MEN para:                                                                                                                                                       1. Fomentar el emprendimiento en TIC, desde los establecimientos educativos con alto contenido e innovación.                                                                                           
2. Poner en marcha un Sistema Nacional de alfabetización digital.
3. Capacitar en TIC a docentes de todos los niveles.
4. Incluir la cátedra de TIC en todo el sistema educativo, desde la infancia.
5. Ejercer mayor control en los cafés Internet para seguridad de los niños.



















































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